miércoles, 24 de junio de 2009

De interés público

Os dejo una noticia publicada en 'El Mundo':


SENTENCIA | 'Interviú' gana una demanda

El 'top less' de una miss es de interés público

María Reyes, en la portada de 'Interviú'.

María Reyes, en la portada de 'Interviú'.

El Tribunal Supremo ha establecido en una sentencia que la imagen en 'top less' de una persona pública, como una miss o una modelo, cuenta con "un interés propio" y "puede ser noticia" para los medios "pertenecientes al género frívolo, de entretenemiento o espectáculo".

Así consta en una sentencia de la Sala de lo Civil del alto tribunal que se ha hecho pública y en la que admite el recurso de casación presentado por la revista 'Interviú', además de anular una sentencia dictada en noviembre de 2003 por la Audiencia Provincial de Madrid, donde se obligaba a esta publicación a indemnizar con 30.000 euros a la modelo y Miss España 1995, María Reyes, tras mostrarla en portada sin la parte superior de su biquini cuando se encontraba en una playa de Ibiza.

"El personaje público que en lugar público se expone a mirada ajena asume que su imagen pueda ser captada y difundida sin su consentimiento aunque no le satisfaga el resultado y siempre que tenga interés según el género socialmente admitido al que pertenezca el medio", argumenta la sentencia del Supremo, de la que ha sido ponente el magistrado Francisco Marín.

Los magistrados de la Sala de lo Civil entienden que "disfrutar de la playa sin la pieza superior del biquini" está "plenamente admitido por los usos sociales". La "consecuencia lógica" que extraen de este planteamiento es que "no puede ser que sea ilícita la imagen de quien así es fotografiada sin su consentimiento y no lo sea si viste de otro modo en la playa o es fotografiada en ropa de calle".

A este respecto, han puesto de relieve "la profesión de notoriedad o proyección pública" de María Reyes, a la que consideran una "reconocida modelo fotográfica y de pasarela después de haber sido Miss España en 1995".

Tras señalar que la licitud o ilicitud de las imágenes de una persona de proyección pública "no pueden depender de que tenga puesta o no la pieza superior del biquini", el Supremo constata que "raramente se interponen demandas por imágenes inconsentidas en los medios frívolos o de entretenimiento si la persona famosa afectada viste ropa de calle o de fiesta o si disfruta de la playa en traje de baño o biquini".

De igual modo, la sentencia resalta que en el caso enjuiciado no se produjo "el acoso permanente por los periodistas gráficos", por lo que no cabe equipararlo con otros hechos en los que un tribunal declaró la necesidad de proteger la vida privada de las personas demandantes.


Espero que haya sido de vuestro interés (si es que habéis llegado hasta aquí, que lo mismo alguno todavía tiene la polla en la mano :D )

martes, 16 de junio de 2009

Así se narra un gol

Ni Andrés Montes, ni los comentaristas argentinos, ni pollas.

domingo, 14 de junio de 2009

El tatuaje

'El Risitas' se tatúa a la Virgen del Rocío en directo. Vale la pena ver el vídeo nada más que por las caras que pone. Por otra parte, declaro mi admiración al tatuador. Hay que tener una capacidad de concentración brutal para no descojonarse y pintarle el Gernika.

martes, 2 de junio de 2009

'Fama', ese gran programa

No he visto 'Fama'en mi vida. Pero no hace falta verlo para que te lleguen ciertas imágenes que, cuanto menos, te llaman la atención.




Dicho esto, añado que puede que no vea nunca ese programa :D